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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LPF_220814/70
Ley
REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal
Artículo
70

Artículo 70 del REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Dirección General de Innovación y Desarrollo tiene la tarea de investigar y juntar información para crear nuevas formas de hacer las cosas, mejorar la tecnología y modernizar la institución. También se encarga de aplicar esos conocimientos en las áreas que más los necesiten dentro de la misma. Para lograrlo, busca apoyo de universidades y centros de investigación, tanto nacionales como extranjeros. Además, ayuda a resolver problemas tecnológicos que tengan otras áreas, opera laboratorios de investigación y hace lo que le pida su jefe directo o lo que digan otras leyes.

Texto oficial

Artículo 70.- Corresponde a la Dirección General de Innovación y Desarrollo: I. Investigar y recopilar información para efectuar investigación científica a fin de establecer metodologías y herramientas para la innovación, modernización y desarrollo tecnológico de la Institución; II. Aplicar los mecanismos para efectuar tareas de investigación científica orientada a las áreas de oportunidad convenientes para la Institución; III. Establecer los vínculos, para el desarrollo de soluciones y metodologías, con instituciones de educación superior y centros de investigación nacionales y extranjeros; IV. Auxiliar a las diferentes áreas de la Institución para la solución de problemas tecnológicos; V. Establecer metodologías y herramientas para la innovación, modernización y desarrollo tecnológico de la Institución; VI. Impulsar la innovación, modernización y desarrollo de tecnologías existentes; REGLAMENTO DE LA LEY DE LA POLICÍA FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 22-08-2014 92 de 154 VII. Operar laboratorios de investigación científica para el desarrollo de metodologías y herramientas útiles para las diversas áreas de la Institución, y VIII. Las demás que le confieran este Reglamento, otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que le encomiende el inmediato superior de quien dependa.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal (pág. 91) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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