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Ley
REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal
Artículo
74

Artículo 74 del REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo le da a la Dirección General de Análisis Táctico Antidrogas (un área del gobierno) varias tareas importantes. Su trabajo principal es planear estrategias inteligentes para encontrar y desmantelar a los grupos de narcotraficantes en las zonas más conflictivas. También tiene que colaborar con otras autoridades para reunir información sobre estos delitos, y compartir datos para prevenir y combatir el narcotráfico. Además, debe analizar cómo se comporta el tráfico de drogas, recolectar información clave para detener estos delitos, y buscar pruebas o pistas para ayudar a las investigaciones. Por último, esta dirección también debe hacer cualquier otra tarea que le pida su jefe directo o que esté en otras leyes.

Texto oficial

Artículo 74.- Corresponde a la Dirección General de Análisis Táctico Antidrogas: I. Determinar estrategias tácticas y de inteligencia para la detección, identificación y ubicación de estructuras delictivas, que operen en las zonas con mayor incidencia por delitos contra la salud; II. Colaborar con las autoridades competentes para la obtención de información relacionada con las indagatorias en delitos contra la salud; III. Establecer instrumentos de cooperación para el intercambio de información que generen estrategias para la prevención y combate de los delitos contra la salud; IV. Implementar métodos de análisis estratégico para diagnosticar el comportamiento del fenómeno del narcotráfico; V. Aplicar métodos para la captación de información sensible que resulte necesaria para la prevención de delitos contra la salud; VI. Dirigir métodos de búsqueda para la obtención y preservación de indicios y pruebas, coadyuvando cuando así se requiera, con los tres órdenes de gobierno; VII. Recibir y verificar la información sobre hechos que puedan ser constitutivos de delitos materia de su competencia, conforme a la normatividad aplicable y, en su caso, hacerlo del conocimiento de las autoridades competentes, y VIII. Las demás que le confieran este Reglamento, otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que le encomiende el inmediato superior de quien dependa.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal (pág. 95) ↗

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