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Ley
REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal
Artículo
85

Artículo 85 del REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Dirección General de Traslados y Apoyo Penitenciario es la encargada de mover a las personas que están detenidas o ya sentenciadas de un lugar a otro, siempre siguiendo las reglas. También debe vigilar y cuidar las instalaciones de los centros federales de detención y readaptación. Si algún centro estatal o municipal pide ayuda, esta dirección la atiende. Además, se encarga de implementar un plan de protección civil y de informar a su jefe directo sobre lo que hace su equipo. Por último, tiene que cumplir con cualquier otra tarea que le pida el reglamento o su superior.

Texto oficial

Artículo 85.- Corresponde a la Dirección General de Traslados y Apoyo Penitenciario: I. Realizar en materia de seguridad penitenciaria el apoyo técnico y operativo para el traslado de procesados o sentenciados a los centros de reclusión, de conformidad con las disposiciones legales aplicables; II. Proporcionar los servicios de vigilancia y custodia a las instalaciones de los centros federales de detención, reclusión y readaptación social; III. Atender las peticiones de apoyo en los diferentes centros penitenciarios estatales y municipales, previa solicitud de las autoridades respectivas; IV. Efectuar, a petición de la autoridad competente, el traslado de internos a los diferentes Centros de Readaptación federales y estatales; V. Proponer e implementar el Programa Interno de Protección Civil institucional, así como de los programas específicos que lo conformen, en apego a la normatividad establecida en la legislación federal aplicable en la materia; REGLAMENTO DE LA LEY DE LA POLICÍA FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 22-08-2014 104 de 154 VI. Mantener informado a su Coordinador, sobre las acciones realizadas por el personal bajo su mando, y VII. Las demás que le confieran este Reglamento, otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que le encomiende el inmediato superior de quien dependa.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal (pág. 103) ↗

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