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Artículo 96 del REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Dirección General de Mantenimiento es la encargada de que todas las reparaciones y servicios de las aeronaves de la Policía Federal se hagan a tiempo y bien hechas. Su trabajo es asegurarse de que los técnicos sigan al pie de la letra los manuales del fabricante y las órdenes de sus jefes. También llevan el control de todos los documentos, registros y refacciones para que los aviones y helicópteros siempre estén listos para volar. Además, tienen que planear cada servicio, revisar las bitácoras después de cada reparación y, si algo está mal, sacar la aeronave de circulación de inmediato para reportarlo. En pocas palabras, se encargan de que todo el mantenimiento esté bien organizado, documentado y se haga sin retrasos.

Texto oficial

Artículo 96.- Corresponde a la Dirección General de Mantenimiento: I. Supervisar, controlar y aplicar los servicios de mantenimiento preventivo, correctivo y programado de las aeronaves; II. Asegurar que los servicios de mantenimiento de las aeronaves se realicen en estricto apego a las instrucciones establecidas en los manuales del fabricante y de acuerdo a la política establecida por el superior jerárquico; REGLAMENTO DE LA LEY DE LA POLICÍA FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 22-08-2014 115 de 154 III. Actualizar el registro y la documentación aeronáutica, técnica y legal, así como el registro y control de todo lo relacionado a los programas de mantenimiento e inspección, además de los tiempos, partes y componentes de las aeronaves de la Institución; IV. Ejecutar los programas de mejora técnica y actualización de sistemas de navegación y comunicación de las aeronaves cuando se requiera, así como el programa de adquisición de refacciones que permitan la operación continua de las aeronaves por mantenimiento preventivo y correctivo; V. Revisar los registros y bitácoras y, en su caso, realizar las adecuaciones correspondientes a fin de que los tiempos de los servicios se hagan de acuerdo a las horas reales; VI. Planear los servicios de mantenimiento en las instalaciones de la Institución; VII. Llevar un programa de mantenimiento teniendo informado al Coordinador de Apoyo Táctico Aéreo del vencimiento de los servicios; VIII. Elaborar un documento de planeación de mantenimiento por fuselaje, motores, componentes, rotables, unidades de potencia, trenes de aterrizaje y cualquier otro que se requiera; IX. Ordenar la elaboración de las órdenes de trabajo por cada servicio o reparación que se requiera, informando a la Dirección General de Aseguramiento de la Calidad y Seguridad Aérea; X. Revisar las bitácoras después de cada servicio a efecto de llevar a cabo el mantenimiento correspondiente a la brevedad posible, poniendo las aeronaves fuera de servicio e informar de inmediato a la Dirección General de Operaciones y al superior jerárquico; XI. Supervisar el mantenimiento de línea a efecto de verificar los trabajos de corrección mecánica conforme los manuales del fabricante; XII. Realizar los servicios de mantenimiento mayor supervisando que los trabajos se realicen de acuerdo a las órdenes de trabajo, cumpliendo en tiempo y forma para que no se demoren los servicios de mantenimiento; XIII. Elaborar el programa de adquisición de herramientas, supervisando su distribución y utilización, así como el de adquisición de equipo especial para mantenimiento, supervisando su distribución y utilización; XIV. Emitir los dictámenes y anexos técnicos, así como las justificaciones de adquisición conforme a la normatividad aplicable; XV. Controlar los materiales y su ingreso al almacén, así como de los trámites fiscales y aduanales; XVI. Verificar que las partes y componentes fuera de servicio sean reparados o darlos de baja en términos de las disposiciones aplicables; XVII. Llevar a cabo el suministro inicial del almacén, así como la planificación de adquisiciones de refacciones, componentes y consumibles para servicios de mantenimiento; XVIII. Elaborar y mantener actualizado el catálogo de proveedores; REGLAMENTO DE LA LEY DE LA POLICÍA FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 22-08-2014 116 de 154 XIX. Garantizar los servicios de las aeronaves y componentes, control y registros de las mismas, así como su reclamo; XX. Vigilar la aplicación de boletines de servicio y directivas de aeronavegabilidad; XXI. Proponer el anteproyecto del presupuesto anual de mantenimiento, para asegurar la disponibilidad de recursos; XXII. Proponer las especificaciones técnicas de los servicios de mantenimiento para la contratación de servicios externos. XXIII. Mantener informado al Coordinador de Apoyo Táctico Aéreo y al Director General de Operaciones de la disponibilidad de las aeronaves; XXIV. Planear las alternativas a seguir para el caso de substitución de aeronaves que se encuentren fuera de servicio por mantenimiento y que se requiera substituirlas temporalmente; XXV. Vigilar la disponibilidad, condición y uso de los recursos materiales para el correcto desarrollo de los procesos de mantenimiento; XXVI. Opinar los programas de adquisiciones de recursos materiales y presupuesto anual para el cumplimiento de los programas de mantenimiento preventivo, programado y correctivo de la flota aérea; XXVII. Garantizar que todo el personal de la dirección cumpla con la capacitación respectiva de acuerdo a las actividades asignadas; XXVIII. Participar en la actualización de los adelantos relativos en materia aeronáutica, a través de cursos, seminarios y conferencias, entre otras; XXIX. Autorizar los informes técnicos y administrativos que le sean requeridos, y XXX. Las demás que le confieran este Reglamento, otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que le encomiende el inmediato superior de quien dependa.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 114) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.