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Ley
REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal
Artículo
97

Artículo 97 del REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Dirección General de Supervisión y Seguridad Aérea es la encargada de checar que los vuelos y todo lo relacionado con aviones en la policía se hagan con seguridad y siguiendo las reglas. Esto incluye revisar que el mantenimiento de los aviones esté bien hecho, que las piezas nuevas que lleguen al almacén cumplan con lo que pide la ley, y que se apliquen procedimientos para evitar accidentes. También tiene que hacer auditorías para asegurarse de que todas las áreas sigan los planes de calidad, y proponer mejoras cuando sea necesario. Además, debe informar a su jefe cómo va funcionando todo y gestionar lo que haga falta para que el sistema de calidad funcione bien, como proyectos o recursos. Por último, puede hacer otras tareas que le pidan su jefe o que estén marcadas en otras leyes o reglamentos.

Texto oficial

Artículo 97.- Corresponde a la Dirección General de Supervisión y Seguridad Aérea: I. Asegurar que las operaciones aéreas se desarrollen de acuerdo a las políticas y procedimientos establecidos, a fin de disminuir riesgos; II. Realizar la inspección y, en su caso, la liberación de los servicios de mantenimiento preventivo, correctivo y programado; III. Realizar la identificación de los componentes que ingresan al almacén y que cumplan con la normatividad; IV. Dirigir el desarrollo, implementación y evaluación de los procedimientos de seguridad aérea; V. Realizar auditorías de calidad a las diferentes áreas de la Coordinación de Apoyo Táctico Aéreo a fin de garantizar el cumplimiento de las políticas, objetivos y procedimientos establecidos; REGLAMENTO DE LA LEY DE LA POLICÍA FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 22-08-2014 117 de 154 VI. Coadyuvar con las diferentes áreas de las Coordinación de Apoyo Táctico Aéreo, en el desarrollo, implementación y medición de los manuales de procedimientos; VII. Coadyuvar con las diferentes áreas en la elaboración y control de registros y estadísticas de indicadores; VIII. Evaluar la idoneidad de la política de calidad y proponer adecuaciones; IX. Dirigir el desarrollo, implementación y evaluación del sistema de gestión de calidad de la Coordinación de Apoyo Táctico Aéreo, de acuerdo a los lineamientos de las normas vigentes; X. Informar del desempeño del sistema de gestión de calidad al Titular de la Coordinación de Apoyo Táctico Aéreo; XI. Coordinar los proyectos de organización y regulación de estructuras de la Coordinación de Apoyo Táctico Aéreo, para su registro y validación; XII. Establecer políticas de inspección que garanticen que los servicios de mantenimiento y operaciones aéreas se realicen con seguridad y cumplan con los lineamientos establecidos; XIII. Gestionar los proyectos de mejora, programas, planes, entre otros documentos, orientados a optimizar el desempeño del sistema de gestión de calidad; XIV. Gestionar los recursos necesarios que permitan lograr la conformidad de los procesos con los requisitos del sistema de gestión de calidad, y XV. Las demás que le confieran este Reglamento, otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que le encomiende el inmediato superior de quien dependa.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal (pág. 116) ↗

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