Artículo 97 del REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Dirección General de Supervisión y Seguridad Aérea es la encargada de checar que los vuelos y todo lo relacionado con aviones en la policía se hagan con seguridad y siguiendo las reglas. Esto incluye revisar que el mantenimiento de los aviones esté bien hecho, que las piezas nuevas que lleguen al almacén cumplan con lo que pide la ley, y que se apliquen procedimientos para evitar accidentes. También tiene que hacer auditorías para asegurarse de que todas las áreas sigan los planes de calidad, y proponer mejoras cuando sea necesario. Además, debe informar a su jefe cómo va funcionando todo y gestionar lo que haga falta para que el sistema de calidad funcione bien, como proyectos o recursos. Por último, puede hacer otras tareas que le pidan su jefe o que estén marcadas en otras leyes o reglamentos.
Texto oficial
Artículo 97.- Corresponde a la Dirección General de Supervisión y Seguridad Aérea: I. Asegurar que las operaciones aéreas se desarrollen de acuerdo a las políticas y procedimientos establecidos, a fin de disminuir riesgos; II. Realizar la inspección y, en su caso, la liberación de los servicios de mantenimiento preventivo, correctivo y programado; III. Realizar la identificación de los componentes que ingresan al almacén y que cumplan con la normatividad; IV. Dirigir el desarrollo, implementación y evaluación de los procedimientos de seguridad aérea; V. Realizar auditorías de calidad a las diferentes áreas de la Coordinación de Apoyo Táctico Aéreo a fin de garantizar el cumplimiento de las políticas, objetivos y procedimientos establecidos; REGLAMENTO DE LA LEY DE LA POLICÍA FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 22-08-2014 117 de 154 VI. Coadyuvar con las diferentes áreas de las Coordinación de Apoyo Táctico Aéreo, en el desarrollo, implementación y medición de los manuales de procedimientos; VII. Coadyuvar con las diferentes áreas en la elaboración y control de registros y estadísticas de indicadores; VIII. Evaluar la idoneidad de la política de calidad y proponer adecuaciones; IX. Dirigir el desarrollo, implementación y evaluación del sistema de gestión de calidad de la Coordinación de Apoyo Táctico Aéreo, de acuerdo a los lineamientos de las normas vigentes; X. Informar del desempeño del sistema de gestión de calidad al Titular de la Coordinación de Apoyo Táctico Aéreo; XI. Coordinar los proyectos de organización y regulación de estructuras de la Coordinación de Apoyo Táctico Aéreo, para su registro y validación; XII. Establecer políticas de inspección que garanticen que los servicios de mantenimiento y operaciones aéreas se realicen con seguridad y cumplan con los lineamientos establecidos; XIII. Gestionar los proyectos de mejora, programas, planes, entre otros documentos, orientados a optimizar el desempeño del sistema de gestión de calidad; XIV. Gestionar los recursos necesarios que permitan lograr la conformidad de los procesos con los requisitos del sistema de gestión de calidad, y XV. Las demás que le confieran este Reglamento, otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que le encomiende el inmediato superior de quien dependa.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.