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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LPI_161216/14
Ley
Reglamento Abrogado
Artículo
14

Artículo 14 del Reglamento Abrogado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Gaceta es como el periódico oficial del Instituto, donde se publican todos los avisos y reglas que mencionan la Ley y el Reglamento. Esta Gaceta solo se publica los días hábiles (lunes a viernes, sin contar festivos) en el sitio web del Instituto. Si hace falta, el Instituto puede ordenar que se publiquen más de una vez al día. Básicamente, es el lugar donde sale toda la información oficial que debes conocer.

Texto oficial

ARTICULO 14.- La Gaceta es el órgano de difusión del Instituto, en el cual se harán las publicaciones a que se refiere la Ley y este Reglamento. La Gaceta se publicará a través de la página electrónica del Instituto en días hábiles. En caso de requerirse, el Instituto podrá ordenar más de una publicación por día. Artículo reformado DOF 16-12-2016

Ver texto oficial del Reglamento Abrogado (pág. 6) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.