Artículo 39 del Reglamento Abrogado
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando el IMPI acepta tu solicitud de patente la publica en la Gaceta (su boletín oficial). Ahí aparecen tus datos básicos, un resumen de tu invento y, si aplica, el dibujo o la fórmula química que mejor lo explique. Si el IMPI cree que ningún dibujo ayuda a entender el resumen, lo omite. Las solicitudes que no pasen el examen de forma, las que abandonaste, las que rechazaron o los cambios que pidieron después de ese examen no se publican.
Texto oficial
ARTICULO 39.- La publicación en la Gaceta de la solicitud de patente en trámite, contendrá los datos bibliográficos comprendidos en la solicitud presentada, el resumen de la invención y, en su caso, el dibujo más ilustrativo de la misma o la fórmula química que mejor la caracterice. Si el Instituto estimase que ningún dibujo es útil para la comprensión del resumen, la publicación no irá acompañada de ningún dibujo cuando se realice. No se publicarán las solicitudes que no hubiesen aprobado el examen de forma, las abandonadas, las desechadas, ni las modificaciones que se presenten con posterioridad a la conclusión del examen de forma.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.