Artículo 40 del Reglamento Abrogado
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Gaceta es el boletín oficial donde el gobierno publica estos asuntos. Si pides que publiquen tu solicitud de patente antes de tiempo, lo harán en el número de la Gaceta que toque según el periodo en que hagas la petición, pero solo si tu solicitud ya pasó el examen de forma (una revisión para ver si cumple con los requisitos básicos de papel). Si aún no lo pasa, tendrás que esperar hasta que lo apruebe, y entonces se publicará en la Gaceta del periodo de esa aprobación.
Texto oficial
ARTICULO 40.- La publicación anticipada de una solicitud de patente se hará en el número de la Gaceta que corresponda al periodo en el que se presente la petición, siempre que haya aprobado el examen de forma, o en el número de la Gaceta que corresponda al periodo en el que la solicitud apruebe el examen de forma.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.