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Artículo 4 del Reglamento Abrogado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Imagínate que tienes que entregar un trámite del IMPI y te dan un plazo de meses o años. Para saber cuándo se vence exactamente, cuentas hasta el mismo número de día en el mes o año que corresponda. Por ejemplo, si te dan 2 meses a partir del 5 de marzo, el plazo termina el 5 de mayo. Si el día de vencimiento cae en un mes que no tiene ese número (como el 31 de abril, que solo tiene 30 días), entonces el plazo se recorre al primer día hábil del mes siguiente. Si el día de vencimiento es inhábil (sábado, domingo o día festivo oficial), también se corre al siguiente día hábil. El Instituto publica en el Diario Oficial una lista de los días que se consideran inhábiles para hacer tus trámites.

Texto oficial

ARTICULO 4o.- Para el cómputo de los plazos establecidos en meses o años a que se refiere el artículo 184 de la Ley, se entenderá que el plazo concluye el mismo número de día del mes o año de calendario que corresponda. Cuando no exista el mismo número de día en el mes de calendario correspondiente, el plazo concluirá el primer día hábil del siguiente mes de calendario. Si un plazo fijado en meses o años expira en un día inhábil, ese plazo expirará el primer día hábil siguiente. El Instituto dará a conocer mediante Acuerdo publicado en el Diario Oficial los días que se considerarán como inhábiles. Artículo reformado DOF 16-12-2016 REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 16-12-2016 2 de 27 CAPITULO II DE LAS SOLICITUDES Y PROMOCIONES

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

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