Artículo 44 del Reglamento Abrogado
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto va a revisar un reporte de una oficina de patentes de otro país como una ayuda técnica para decidir si tu invento es nuevo, si no es algo obvio y si se puede hacer o usar en la industria. Tú, como solicitante, puedes entregar una copia de la patente que ya te dieron en el extranjero, junto con su traducción al español, en lugar de otros papeles. Ese reporte no es lo único que cuenta, pero sirve para apoyar la decisión.
Texto oficial
ARTICULO 44.- El informe del examen de fondo realizado por las oficinas examinadoras extranjeras, será considerado por el Instituto como un documento de apoyo técnico, para el efecto de determinar si la invención, cuya patente se solicita, es nueva, si implica una actividad inventiva y si es susceptible de aplicación industrial. REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 16-12-2016 14 de 27 El solicitante podrá presentar, en lugar de los documentos señalados anteriormente, una copia de la patente respectiva que haya sido otorgada por la correspondiente oficina extranjera de propiedad industrial, con su traducción al español.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.