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Artículo 48 del Reglamento Abrogado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieres hacer cambios en el texto o dibujos del título de una patente (como dice el artículo 61 de la Ley), el Instituto puede pedirte que hagas modificaciones en la descripción, reivindicaciones, dibujos o resumen. Tendrás dos meses para hacerlo, empezando a contar desde el día hábil siguiente a cuando recibas la notificación oficial. Si no entregas esos cambios a tiempo, el Instituto dará por cancelada tu solicitud de modificación.

Texto oficial

ARTICULO 48.- Para autorizar los cambios en el texto o dibujos del título de una patente a que se refiere el artículo 61 de la Ley, el Instituto podrá requerir al solicitante para que presente en un plazo de REGLAMENTO DE LA LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 16-12-2016 15 de 27 dos meses, contado a partir del día hábil siguiente al de la notificación, las modificaciones correspondientes a la descripción, reivindicaciones, dibujos o resumen. En caso de que el solicitante no cumpla con dicho requerimiento en el plazo señalado, el Instituto tendrá por desechada la promoción de que se trate. Artículo reformado DOF 16-12-2016

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.