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Artículo 10 del Reglamento Abrogado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada año, en enero, los Consejeros del Gobierno Federal y los Consejeros Independientes deben entregar un escrito a la Secretaría de la Función Pública y al Consejo de Administración. En ese documento, tienen que declarar, bajo protesta de decir verdad (como un juramento), que no están en ninguna situación prohibida por la ley, como tener un conflicto de interés. También deben listar todos los trabajos, cargos, asesorías o contratos profesionales que hayan tenido en el año anterior, ya sea a título personal o en los que hayan participado. Es como un reporte anual para demostrar que no hay problemas de imparcialidad.

Texto oficial

Artículo 10.- Los Consejeros del Gobierno Federal y los Consejeros Independientes presentarán a la Secretaría de la Función Pública, y al Consejo de Administración, durante el mes de enero de cada año, un escrito en el que manifiesten, bajo protesta de decir verdad, que no se ubican en alguno de los REGLAMENTO DE LA LEY DE PETRÓLEOS MEXICANOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 09-02-2015 4 de 16 supuestos de impedimento o conflicto de interés a que se refieren la Ley y el presente Reglamento, así como señalar en dicho escrito las demás actividades profesionales, empleos, puestos, cargos o comisiones que hayan desempeñado en el año calendario inmediato anterior, así como todos aquellos contratos de asesoría o los que en ejercicio de sus actividades profesionales hayan celebrado de forma personal o en los que hubiesen participado, durante el mismo periodo. Artículo reformado DOF 09-02-2015

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.