Artículo 51 del Reglamento Abrogado
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que el SAT, el IMSS, el Infonavit y la Secretaría del Trabajo van a compartir información sobre ti con Petróleos Mexicanos (Pemex) si quieres trabajar o hacer un contrato con ellos. Para eso, tú tienes que firmar un escrito donde autorices que esas oficinas le pasen tus datos a Pemex. Así ellos pueden verificar que cumples con los requisitos que pide la ley.
Texto oficial
Artículo 51.- Para efectos de lo dispuesto en el artículo 83, fracción II, inciso c) de la Ley, el Servicio de Administración Tributaria, el Instituto Mexicano del Seguro Social, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, compartirán con Petróleos Mexicanos y sus empresas productivas subsidiarias la información correspondiente, conforme a los convenios de colaboración que al efecto celebren. Las personas interesadas en contratar con Petróleos Mexicanos y sus empresas productivas subsidiarias deberán manifestar por escrito su anuencia para que las autoridades a que se refiere el párrafo anterior entreguen a dichas empresas cualquier información necesaria para comprobar los requisitos señalados en el precepto mencionado en el párrafo anterior.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.