Artículo 19 del REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría, a través del SENASICA, te dará una respuesta si quieres ser un Organismo de Certificación Orgánica en máximo 90 días hábiles (unos 4 meses y medio, sin contar sábados, domingos ni días festivos). El plazo empieza a correr desde el día en que entregues tu solicitud. Si no recibes una respuesta en ese tiempo, significa que tu solicitud fue aprobada automáticamente. Esto agiliza el trámite para que no te tengan esperando sin razón.
Texto oficial
Artículo 19.- La Secretaría por conducto del SENASICA expedirá la aprobación como Organismo de Certificación Orgánica en un plazo no mayor de 90 días hábiles, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.