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Artículo 44 del REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando compres productos orgánicos, la etiqueta debe traer el número de su certificado orgánico, el número del organismo que lo certificó y una frase que diga que el producto no tiene organismos genéticamente modificados, es decir, que no está hecho con semillas o ingredientes alterados en laboratorio. Todo esto tiene que cumplir con lo que dicen las normas oficiales mexicanas y otras leyes. Es como una garantía de que lo que compras es realmente orgánico y libre de transgénicos.

Texto oficial

Artículo 44.- En el etiquetado de los productos orgánicos se deberá asentar el número de certificado orgánico, el número de identificación del Organismo de Certificación Orgánica expedidor, así como la mención de que el producto se encuentra libre de organismos genéticamente modificados, de conformidad con lo dispuesto en las normas oficiales mexicanas respectivas y demás disposiciones jurídicas aplicables. CAPÍTULO IX DE LAS IMPORTACIONES

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.