Artículo 55 del REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría firma acuerdos con grupos sociales, empresas y, a veces, organismos internacionales para apoyar la producción orgánica. En esos acuerdos se debe especificar claramente cuánto dinero o recursos pone cada quién: el gobierno federal, los grupos privados y sociales, y en su caso, los países u organismos de afuera. También se tiene que detallar lo que aportan los gobiernos de los estados y los municipios. Así todos saben con qué contribuyen y no hay confusiones.
Texto oficial
Artículo 55.- En los convenios de concertación que suscriba la Secretaría, se precisarán las aportaciones de la Federación, de los sectores social y privado y, en su caso, de los organismos internacionales, para el desarrollo de las acciones, obras, programas y servicios relativos a la producción orgánica que se convengan. Asimismo, se precisarán las aportaciones que realicen las Entidades Federativas y los Municipios.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.