- Ley
- REGLAMENTO de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas
- Artículo
- 42
Artículo 42 del REGLAMENTO de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Unidad de Recepción de Casos y Reacción Rápida es un equipo especializado que trabaja dentro de la Coordinación Ejecutiva Nacional. Su chamba es recibir casos urgentes y actuar rápido cuando sea necesario. Piénsalo como el grupo de respuesta inmediata del sistema.
Texto oficial
Artículo 42.- La Unidad de Recepción de Casos y Reacción Rápida es el órgano técnico y especializado de la Coordinación Ejecutiva Nacional.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.