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Artículo 53 del REGLAMENTO de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Puedes pedir protección de diferentes maneras: escribiendo una carta, hablando en persona, por teléfono o por algún medio electrónico. Solo necesitas dar tu nombre o el de la persona que necesita ayuda, explicar qué pasó y dónde ocurrió la agresión, describir tu trabajo como defensor de derechos humanos o periodista, y decir que no estás recibiendo ayuda de otro programa (o que quieres cambiarte a este). Si necesitas ayuda urgente, tienes que decir por qué es tan importante. Si no hiciste tu solicitud por escrito, tendrás que entregarla en papel dentro de los siguientes ocho días hábiles, a menos que tengas una razón muy fuerte para no hacerlo.

Texto oficial

Artículo 53.- La solicitud podrá ser presentada por escrito, verbalmente, por teléfono o a través de cualquier otro medio de comunicación electrónica y deberá cumplir con los siguientes requisitos: REGLAMENTO DE LA LEY PARA LA PROTECCIÓN DE PERSONAS DEFENSORAS DE DERECHOS HUMANOS Y PERIODISTAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 30-11-2012 13 de 24 I. Datos de identificación del Peticionario o Beneficiario; II. Descripción de los hechos que conforman la agresión y lugar en donde éstos ocurren. En caso de solicitar medidas urgentes, deberá expresar las razones por las que considere necesarias dichas medidas; III. La descripción de la actividad que realiza como persona defensora de derechos humanos o periodista, y IV. Manifestación de la Persona Peticionaria de no ser Beneficiaria de otro mecanismo de protección, o bien, que desea renunciar a aquél, para solicitar éste. Las solicitudes que no se presenten por escrito se deberán formalizar de esa manera en un plazo no mayor a ocho días hábiles a partir de su presentación, salvo que exista causa grave.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.