Artículo 85 del REGLAMENTO de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 85 habla de un estudio rápido que se hace para saber qué tan grave es un peligro para una niña, niño o adolescente. Lo que busca es definir en qué situación de riesgo está, y ordenar medidas urgentes para protegerlo mientras se hace un análisis más completo. También dice por cuánto tiempo van a durar esas medidas y qué autoridad se encarga de ponerlas en marcha.
Texto oficial
Artículo 85.- El estudio de evaluación de acción inmediata determinará: I. Situación general de riesgo; II. Las Medidas Urgentes de Protección a implementar, en tanto se lleve a cabo el estudio de evaluación de riesgo ordinario; III. La temporalidad de las Medias Urgentes de Protección, y IV. La autoridad responsable de implementarlas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.