Artículo 86 del REGLAMENTO de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Unidad de Recepción de Casos y Reacción Rápida, que es como la oficina que recibe quejas o denuncias y actúa de inmediato, al decidir qué medidas tomar debe fijarse en cuatro puntos importantes: que la medida sea adecuada para el caso (idoneidad), que tenga sentido con lo que pasó (pertinencia), que realmente funcione para resolver el problema (eficacia), y que se aplique en el momento justo para que sea útil (oportunidad). Esto significa que no deben actuar a lo loco, sino pensar bien si lo que van a hacer es la mejor opción para ayudar.
Texto oficial
Artículo 86.- La Unidad de Recepción de Casos y Reacción Rápida deberá considerar los principios de idoneidad, pertinencia, eficacia y oportunidad en la determinación y emisión de las medidas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.