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Artículo 96 del REGLAMENTO de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tú eres el beneficiario o peticionario, puedes pedir que revisen las medidas preventivas, de protección o urgentes que te hayan impuesto. También puedes solicitar que esa revisión incluya el estudio de evaluación de riesgo o el de acción inmediata que se haya hecho en tu caso.

Texto oficial

Artículo 96.- El Beneficiario o Peticionario podrá solicitar la revisión de las Medidas Preventivas, Medidas de Protección y Medidas Urgentes de Protección. La solicitud de revisión se podrá hacer extensiva al estudio de evaluación de riesgo o al estudio de evaluación de acción inmediata.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 20) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.