Artículo 126 del REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando te investigan por alguna falta administrativa (como en una dependencia de gobierno), al final debe salir un documento oficial con la decisión. Ese documento debe incluir tres cosas: primero, la multa o castigo que te tocó por la falta que cometiste. Segundo, qué obligaciones tienes que cumplir y qué pasos debes seguir para arreglar el error o la irregularidad que te comprobaron. Y tercero, los tiempos límite que te dan para cumplir con todo lo que te ordenaron en esa resolución.
Texto oficial
Artículo 126. La resolución del procedimiento administrativo de sanción debe contener: I. Las sanciones a que se haya hecho acreedora la Parte Sujeta de Obligación; II. Las obligaciones a las que se haya hecho acreedora la Parte Sujeta de Obligación y las acciones que debe llevar a cabo para corregir las violaciones o irregularidades acreditadas, y III. Los plazos para el cumplimiento de las obligaciones de la Parte Sujeta de Obligación que se deriven de la resolución.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.