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Ley
REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética
Artículo
24

Artículo 24 del REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las metas que se pongan en los planes del sector energético deben buscar que el uso de la energía no dañe el medio ambiente, que las empresas privadas no dominen la generación de electricidad, que se avance hacia energías más limpias y que se modernicen cosas como los ductos de petróleo y gas. También tienen que buscar que la energía sea más justa para todos y que se reduzca la contaminación. Para bajar los gases que afectan el clima y otros contaminantes, la Secretaría de Energía debe trabajar junto con la Secretaría de Medio Ambiente, siguiendo las reglas que ya existen.

Texto oficial

Artículo 24. Las metas establecidas en los Instrumentos de Planeación del Sector Energético deben representar los fines últimos de la planeación vinculante que son el desarrollo sustentable del Sector Energético, la no prevalencia de los particulares en la generación de energía eléctrica, la Transición Energética, el Aprovechamiento Sustentable de la Energía, el desarrollo y la modernización de la infraestructura del sector hidrocarburos, la Justicia Energética y la reducción de Emisiones Contaminantes. En lo relacionado con las Emisiones de gases y compuestos de efecto invernadero y del resto de los Contaminantes atmosféricos del Sector Energético, la Secretaría debe coordinarse con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en los términos que establezca la normatividad aplicable.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética (pág. 5) ↗

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