Artículo 67 del REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si das datos de mapas o ubicaciones (información geoespacial) para fines estadísticos, esos datos deben cumplir con las leyes de transparencia y protección de datos personales. También deben seguir las reglas que ponga la Secretaría encargada. Esto significa que no pueden compartir tu información personal sin tu permiso, y todo debe ser manejado de forma clara y legal.
Texto oficial
Artículo 67. Los Registros e Información Geoespacial que sean proporcionados para fines estadísticos, a través de los subsistemas de información, deben sujetarse a las disposiciones legales en materia de transparencia, información pública y de protección de datos personales, así como a las disposiciones que emita la Secretaría.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.