Artículo 90 del REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
La CONUEE (Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía) tiene que crear y manejar un registro llamado UPAC, siguiendo las reglas que ella misma publique. Esas reglas son instrucciones generales que explican cómo funcionará el registro. En pocas palabras, la CONUEE es la encargada de poner en marcha este sistema.
Texto oficial
Artículo 90. La CONUEE debe implementar el Registro UPAC de acuerdo con lo establecido en las disposiciones administrativas de carácter general que para tal efecto emita.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.