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Ley
REGLAMENTO de la Ley de Pesca
Artículo
100

Artículo 100 del REGLAMENTO de la Ley de Pesca

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si pescas para comer en tu casa, solo puedes usar redes o líneas que puedas manejar tú mismo, sin ayuda de máquinas. En zonas donde alguien más tenga permiso para pescar especies específicas, tú puedes pescar para tu consumo, pero cuidado: no debes agarrar las especies que ese concesionario tenga derecho a capturar.

Texto oficial

Artículo 100.- La pesca de consumo doméstico, sólo podrá efectuarse con redes y líneas manuales que pueda utilizar individualmente el pescador. Tratándose de zonas concesionadas se podrá practicar la pesca de consumo doméstico, siempre y cuando no se capturen las especies materia de las concesiones otorgadas a terceros. TÍTULO TERCERO DE LA ACUACULTURA CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Pesca (pág. 29) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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