Artículo 103 del REGLAMENTO de la Ley de Pesca
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría va a trabajar con otras dependencias del gobierno federal, los estados y los municipios para fomentar la acuacultura (que es la cría de peces, plantas y animales acuáticos). Para lograrlo, va a ofrecer servicios de investigación en temas como genética, nutrición y sanidad, y va a asesorar a los acuacultores (personas que se dedican a esta actividad) sobre cómo cultivar y aprovechar la flora y fauna acuática siguiendo lo que recomiendan la ciencia y la tecnología. También va a ayudar a construir parques acuícolas, laboratorios y unidades para producir organismos que sirvan para el cultivo o para repoblar especies. Además, va a promover programas de apoyo financiero para que quienes se dedican a esto puedan desarrollarse.
Texto oficial
Artículo 103.- La Secretaría realizará, en coordinación con las dependencias competentes de la Administración Pública Federal, las acciones necesarias para promover el desarrollo de la acuacultura y para tal efecto: I. Establecerá, en coordinación con los gobiernos de los estados, municipios e instituciones competentes, servicios de investigación en genética, nutrición, sanidad y extensionismo, entre otros, para apoyar a las personas y organizaciones que se dediquen a esas actividades; II. Asesorará a los acuacultores para que el cultivo y explotación de la flora y fauna acuática, se realicen de acuerdo con las prácticas que las investigaciones científicas y tecnológicas aconsejen; así como en materia de construcción de infraestructura, adquisición y operación de plantas de conservación y transformación industrial, insumos, artes y equipos de cultivo y demás bienes que requiera el desarrollo de la actividad acuícola; III. Promoverá la construcción de parques de acuacultura, así como de unidades y laboratorios dedicados a la producción de organismos destinados al cultivo y repoblamiento de las especies de la flora y fauna acuática, y IV. Promoverá programas de apoyo financiero que se requieran para el desarrollo de la acuacultura.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.