Artículo 104 del REGLAMENTO de la Ley de Pesca
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El aviso de cosecha es un documento donde los dueños de granjas de peces o camarones reportan cuánto produjeron a la autoridad correspondiente. En ese formato deben incluir: tu nombre (o el de tu empresa) y los datos del permiso que te dieron para cultivar, la dirección de tu granja, y qué especie sacaste, en qué presentación y cuánto volumen. Además, para ayudar con las estadísticas, tienes que anotar a qué precio vendiste tus productos en ese mismo documento.
Texto oficial
Artículo 104.- El aviso de cosecha es el documento en el que se reporta, a la autoridad competente, la producción obtenida en granjas acuícolas y deberá contener la información siguiente: I. Nombre de la persona y, en su caso, número y fecha de la concesión, permiso o autorización al amparo del cual se efectúa el cultivo; II. Datos de ubicación del establecimiento acuícola, y III. Especie, presentación y volumen de producción. Para fines estadísticos los acuacultores señalarán el precio de venta de los productos, en el formato de aviso de cosecha.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.