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Artículo 105 del REGLAMENTO de la Ley de Pesca

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El aviso de producción es un documento que debes entregar a la autoridad para reportar lo que produjiste en tu laboratorio acuícola (donde crías peces, camarones, etcétera). Ahí tienes que incluir: tu nombre como dueño del laboratorio, los datos del centro donde produces, qué especie estás criando, en qué etapa de crecimiento está y cuánta cantidad tienes. También debes anotar los datos de quién recibe los organismos (como las granjas o tiendas) y cuántos de cada especie les entregas. Por último, para que el gobierno lleve sus cuentas, tienes que decir a cuánto vendiste cada producto, pero solo si eres acuacultor comercial.

Texto oficial

Artículo 105.- El aviso de producción es el documento en el que se reporta, a la autoridad competente, la producción obtenida en los laboratorios acuícolas y deberá contener la siguiente información: I. Nombre del propietario del laboratorio; II. Datos de identificación del centro productor; III. Especie y fase de desarrollo de los productos, así como la cantidad, y IV. Datos de identificación de las unidades receptoras de los organismos, así como cantidad que reciben de cada especie. Para fines estadísticos los acuacultores señalarán el precio de venta de los productos. REGLAMENTO DE LA LEY DE PESCA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 28-01-2004 31 de 48 CAPÍTULO II DE LA ACUACULTURA COMERCIAL

Ver ley oficial en el DOF (pág. 30) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.