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Artículo 123 del REGLAMENTO de la Ley de Pesca

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las personas (ya sea una sola persona o una empresa) que tengan permiso para dar clases sobre cómo criar peces o plantas acuáticas, pueden vender lo que produzcan en esas prácticas. Pero la lana que saquen de esa venta debe usarse principalmente para seguir con sus actividades de enseñanza e investigación. Es como si una escuela de agricultura vendiera las verduras de su huerto para costear los gastos del curso.

Texto oficial

Artículo 123.- Las personas físicas o morales, que desarrollen programas de enseñanza en materia acuícola al amparo de una autorización, podrán comercializar la producción obtenida del programa de REGLAMENTO DE LA LEY DE PESCA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 28-01-2004 36 de 48 cultivo, siempre que el producto de su venta se aplique principalmente al desarrollo de las labores que efectúen.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 35) ↗

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