Artículo 124 del REGLAMENTO de la Ley de Pesca
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que las personas que recibieron un permiso especial tienen que cumplir con ciertas reglas del artículo 111 de este reglamento, pero no todas: se saltan las partes II y XII. En lugar de cumplir esas dos, deben seguir el resto de las obligaciones. Es como si te dieran un permiso para algo, pero te ahorras dos requisitos que otros sí tienen que hacer.
Texto oficial
Artículo 124.- Son obligaciones de los autorizados cumplir con lo establecido en el artículo 111 de este Reglamento con excepción de las fracciones II y XII. CAPÍTULO V DE LA INTRODUCCIÓN DE ESPECIES VIVAS EN CUERPOS DE AGUA DE JURISDICCIÓN FEDERAL
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.