- Ley
- REGLAMENTO de la Ley de Pesca
- Artículo
- 138
Artículo 138 del REGLAMENTO de la Ley de Pesca
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las concesiones, permisos o autorizaciones pueden terminarse por cuatro razones: cuando se vence el tiempo para el que fueron dados, cuando la autoridad los cancela por no cumplir con las reglas, cuando se declaran nulos desde el principio o cuando ya pasó el plazo establecido.
Texto oficial
Artículo 138.- Son causas de extinción de las concesiones, permisos y autorizaciones: la caducidad, la revocación, la nulidad y la terminación del plazo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.