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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LPesca/143
Ley
REGLAMENTO de la Ley de Pesca
Artículo
143

Artículo 143 del REGLAMENTO de la Ley de Pesca

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando te dan un permiso o una concesión por un tiempo específico, se acaba automáticamente en la fecha límite, sin que nadie tenga que avisarte. La Secretaría no necesita decirte que ya se venció, porque el simple paso del plazo ya lo termina. Esto aplica para cualquier permiso o autorización que mencione este Reglamento. En pocas palabras, si no renuevas antes de que termine el tiempo, el permiso se cancela solo.

Texto oficial

Artículo 143.- Las concesiones, permisos o autorizaciones a que se refiere este Reglamento, se extinguen por terminación del plazo para el que se hayan otorgado, sin necesidad de declaración expresa de la Secretaría al respecto. TÍTULO QUINTO DE LA INSPECCIÓN, INFRACCIONES Y SANCIONES CAPÍTULO I DE LA INSPECCIÓN Y VIGILANCIA

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Pesca (pág. 42) ↗

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