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Ley
REGLAMENTO de la Ley de Pesca
Artículo
17

Artículo 17 del REGLAMENTO de la Ley de Pesca

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Carta Nacional Pesquera es un mapa y un documento que muestra cuántos peces y otros animales acuáticos hay disponibles para pescar en aguas federales (ríos, lagos y mares que le pertenecen a todos los mexicanos). También dice cómo se están conservando esos recursos. Este papel y sus cambios los aprueba el secretario de Pesca y luego se publican en el Diario Oficial de la Federación (el periódico oficial del gobierno) para que todos lo sepan.

Texto oficial

Artículo 17.- La Carta Nacional Pesquera, es la presentación cartográfica y escrita de los indicadores sobre la disponibilidad y conservación de los recursos pesqueros y acuícolas en aguas de jurisdicción federal. La Carta Nacional Pesquera y sus actualizaciones, por acuerdo del titular de la Secretaría se aprobarán y se publicarán en el Diario Oficial de la Federación.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Pesca (pág. 7) ↗

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