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Ley
REGLAMENTO de la Ley de Pesca
Artículo
22

Artículo 22 del REGLAMENTO de la Ley de Pesca

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría puede meter en el Registro Nacional de Pesca a los acuacultores que no necesiten un permiso especial para operar. El registro es como una lista oficial donde se apuntan datos de quienes trabajan con peces o plantas acuáticas. Esto aplica solo para los que ya están autorizados por la ley a hacerlo sin trámites extras. Así, los acuacultores quedan registrados sin tener que pedir un permiso aparte.

Texto oficial

Artículo 22.- La Secretaría podrá inscribir en el Registro Nacional de Pesca, a los acuacultores que no requieran concesión, permiso o autorización.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Pesca (pág. 7) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.