Artículo 25 del REGLAMENTO de la Ley de Pesca
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 25 dice que si una especie de pez o animal acuático está prohibida de pescar (veda), nadie puede pescarla, a menos que se tenga un permiso especial. Ese permiso solo se da para conseguir crías o ejemplares que sirvan para la cría controlada (acuicultura) o para estudios científicos. En pocas palabras, no se puede pescar libremente, solo por razones de investigación o para mantener la producción.
Texto oficial
Artículo 25.- Las especies declaradas en veda no podrán ser objeto de pesca, a excepción de los volúmenes que se autoricen para el abasto de la producción acuícola y para el fomento pesquero con fines científicos o de investigación.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.