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Ley
REGLAMENTO de la Ley de Pesca
Artículo
32

Artículo 32 del REGLAMENTO de la Ley de Pesca

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Pesca pone un límite a los peces que puedes atrapar sin querer mientras pescas otros. Ese límite cambia según la zona, la temporada y el tipo de red o herramienta que uses. Si pescas más de lo permitido por accidente, se considera que lo hiciste sin permiso, como si fuera pesca ilegal. Y si quieres vender esos pescados atrapados por error, tienes que seguir las reglas que ponga la Secretaría. En pocas palabras: no te pases del tope que te fijan, o te meterás en problemas.

Texto oficial

Artículo 32.- La captura incidental no podrá exceder del volumen que la Secretaría determine para cada pesquería, según las zonas, épocas y artes de pesca que correspondan. Los excedentes de los volúmenes de captura incidental que determine la Secretaría en las normas, serán considerados como pesca realizada sin concesión o permiso. La comercialización de la pesca incidental se sujetará a las normas que emita la Secretaría.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Pesca (pág. 10) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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