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Artículo 98 del REGLAMENTO de la Ley de Pesca

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La pesca de consumo doméstico es cuando pescas para comer tú y tu familia, no para vender. No importa si pescas mucho o poco, lo importante es que no ganes dinero con lo que atrapes. Si pescas con esta intención, está prohibido que vendas los pescados o mariscos que saques. Solo puedes usarlos como alimento para ti y las personas que dependen de ti.

Texto oficial

Artículo 98.- Pesca de consumo doméstico es la captura y extracción que se efectúa sin propósito de lucro y con el único objeto de obtener alimento para quien la realice y de sus dependientes, por tanto no podrá ser objeto de comercialización.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 29) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.