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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LPue/115
Ley
REGLAMENTO de la Ley de Puertos
Artículo
115

Artículo 115 del REGLAMENTO de la Ley de Puertos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los barcos que están amarrados en el puerto no pueden prender sus motores para hacer pruebas sin antes pedir permiso a la Capitanía. Esto es para evitar accidentes o que el barco se mueva sin control mientras está estacionado. El permiso lo tienes que sacar antes de empezar cualquier prueba.

Texto oficial

Artículo 115. Los buques atracados no podrán mover sus máquinas para pruebas sobre amarras sin permiso de la Capitanía.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Puertos (pág. 26) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.