- Ley
- REGLAMENTO de la Ley de Puertos
- Artículo
- 115
Artículo 115 del REGLAMENTO de la Ley de Puertos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los barcos que están amarrados en el puerto no pueden prender sus motores para hacer pruebas sin antes pedir permiso a la Capitanía. Esto es para evitar accidentes o que el barco se mueva sin control mientras está estacionado. El permiso lo tienes que sacar antes de empezar cualquier prueba.
Texto oficial
Artículo 115. Los buques atracados no podrán mover sus máquinas para pruebas sobre amarras sin permiso de la Capitanía.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.