Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LPue/118
- Ley
- REGLAMENTO de la Ley de Puertos
- Artículo
- 118
Artículo 118 del REGLAMENTO de la Ley de Puertos
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Queda prohibido fumar en los lugares que ya están señalados en la Ley General para el Control del Tabaco, como oficinas, restaurantes, escuelas y transportes públicos. Si enciendes un cigarro en esas zonas, estás violando la ley. La regla aplica para cualquier persona, sin excepciones.
Texto oficial
Artículo 118. Queda prohibido fumar en las áreas contempladas en la Ley General para el Control del Tabaco.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.