- Ley
- REGLAMENTO de la Ley de Puertos
- Artículo
- 119
Artículo 119 del REGLAMENTO de la Ley de Puertos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los capitanes de barcos que están amarrados al puerto deben tener los motores principales listos y funcionando bien para cualquier situación de emergencia. Esto es para que el barco pueda moverse rápido si ocurre algo urgente, como un incendio o una tormenta. Así, si hay peligro, el barco puede salir del puerto sin problemas. En pocas palabras, el capitán tiene que asegurarse de que el barco esté preparado para reaccionar de inmediato.
Texto oficial
Artículo 119. Los capitanes de los buques atracados mantendrán sus máquinas principales en buen estado, para cualquier emergencia.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.