Artículo 138 del REGLAMENTO de la Ley de Puertos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada) va a revisar que todos los puertos, instalaciones portuarias, barcos y equipos navales mexicanos y extranjeros cumplan con las reglas nacionales e internacionales. También checará que otras personas o empresas que la ley obliga hagan lo mismo. Esto significa que nadie se puede saltar las normas, ya seas barco nacional o de fuera.
Texto oficial
Artículo 138. La Secretaría verificará que los Puertos, las Instalaciones Portuarias, los buques y artefactos navales tanto nacionales como extranjeros y demás sujetos obligados conforme a la Ley cumplan con las disposiciones nacionales e internacionales en la materia.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.