Artículo 140 del REGLAMENTO de la Ley de Puertos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada de este asunto) va a mandar inspectores a hacer visitas de verificación, que son revisiones para checar que todo esté en orden. Estos inspectores trabajan para el área específica de la Secretaría que, según su reglamento interno, tiene la facultad de hacer estas visitas. En otras palabras, solo ciertos empleados autorizados pueden ir a revisar tu negocio o actividad, y no cualquiera.
Texto oficial
Artículo 140. La Secretaría llevará a cabo las visitas de verificación mediante inspectores que dependerán de la unidad administrativa a la que conforme al Reglamento Interior de la Secretaría corresponda esta atribución.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.