Artículo 3 del REGLAMENTO de la Ley de Puertos
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
La autoridad de los puertos la tiene una dependencia del gobierno llamada Secretaría, que se encarga de controlar todo lo que pase ahí. Esta Secretaría tiene que seguir las reglas que ya están escritas en la Ley, su propio reglamento interno y otras leyes que apliquen. En otras palabras, nadie más puede tomar decisiones en el puerto, solo el gobierno, y debe hacerlo como las leyes lo indican.
Texto oficial
Artículo 3. La autoridad portuaria la ejercerá la Secretaría en los términos que establezca la Ley, su Reglamento Interior y demás disposiciones jurídicas aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.