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Ley
REGLAMENTO de la Ley de Puertos
Artículo
71

Artículo 71 del REGLAMENTO de la Ley de Puertos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Todas las lanchas que se usen para llevar pasajeros o carga deben cumplir con las reglas de seguridad que ponga la Secretaría en una norma oficial. La norma es como un instructivo que dice cómo deben ser los botes para que no estén en mal estado. Si no cumplen, no pueden dar el servicio.

Texto oficial

Artículo 71. Las lanchas con las que se preste el servicio de lanchaje deberán satisfacer los requisitos de seguridad que la Secretaría determine en la Norma correspondiente.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Puertos (pág. 19) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.