Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 95 del REGLAMENTO de la Ley de Puertos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando un barco está estacionado en un puerto o anclado, la tripulación no puede bajarse toda. Tiene que quedarse a bordo la gente necesaria para cuidar el barco y que pueda funcionar si se ocupa. Esto es para que no haya accidentes o problemas mientras está parado.

Texto oficial

Artículo 95. En los buques atracados o fondeados deberá quedar a bordo personal suficiente para su cuidado y operación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 24) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.