Artículo 95 del REGLAMENTO de la Ley de Puertos
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Cuando un barco está estacionado en un puerto o anclado, la tripulación no puede bajarse toda. Tiene que quedarse a bordo la gente necesaria para cuidar el barco y que pueda funcionar si se ocupa. Esto es para que no haya accidentes o problemas mientras está parado.
Texto oficial
Artículo 95. En los buques atracados o fondeados deberá quedar a bordo personal suficiente para su cuidado y operación.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.