Artículo 8 del REGLAMENTO de la Ley Reglamentaria del Artículo 5o. Constitucional, Relativo al Ejercicio de las Profesiones en el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no sirve, está eliminado de la ley desde el 8 de mayo de 1975. Cuando un artículo está derogado, es como si ya no existiera, así que no tienes que cumplir con nada de lo que decía.
Texto oficial
ARTICULO 8º.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 08-05-1975
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.