Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 21 del REGLAMENTO de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión de Fomento Minero va a revisar que se cumpla al pie de la letra lo que dice el contrato, pero todo el gasto de esa vigilancia lo paga la otra persona o empresa que firma el contrato. Es decir, si tú haces un trato con ellos, ellos checan que cumplas, pero tú tienes que cubrir los costos de esa supervisión. No hay manera de que te cobren a ti por algo que no esté en el papel.

Texto oficial

ARTICULO 21.- La Comisión de Fomento Minero vigilará el exacto cumplimiento del contrato, a costa de la otra parte contratante.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.