Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 22 del REGLAMENTO de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que los contratos para trabajar con materiales como el uranio solo se pueden hacer con personas o empresas que sean 100% mexicanas. Es decir, no pueden participar extranjeros ni empresas donde haya socios o accionistas de otro país. Además, está prohibido hacer contratos con empresas que tengan "acciones al portador" (que son acciones cuyo dueño no está registrado con nombre y apellido, solo quien tiene el papel es el dueño). Estas mismas reglas aplican si después quieres vender o pasar tus derechos, obligaciones o acciones a otra persona.

Texto oficial

ARTICULO 22.- Los contratos sólo podrán celebrarse con nacionales o con sociedades mexicanas integradas por socios o accionistas mexicanos. No podrán celebrarse con sociedades que tengan acciones al portador. Estas reglas regirán para el caso de la transmisión de los derechos y obligaciones derivados de los contratos, así como para la transmisión de los derechos de los socios o de las acciones en su caso. REGLAMENTO DE LA LEY QUE DECLARA RESERVAS MINERAS NACIONALES LOS YACIMIENTOS DE URANIO, TORIO Y LAS DEMÁS SUBSTANCIAS DE LAS CUALES SE OBTENGAN ISÓTOPOS HENDIBLES QUE PUEDAN PRODUCIR ENERGÍA NUCLEAR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 17-01-1952 4 de 5

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.