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Artículo 5 del REGLAMENTO de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando la Secretaría de Economía decida meter terrenos de reservas mineras nacionales a la Comisión de Fomento Minero, primero tiene que publicar un aviso oficial en el Diario Oficial de la Federación. En ese documento debe decir claramente dónde están esos terrenos, cuáles son sus límites y de qué tamaño son. Así, cualquier persona puede enterarse de qué tierras se están moviendo.

Texto oficial

ARTICULO 5°.- Cuando la Secretaría de Economía resuelva incorporar al patrimonio de la Comisión de Fomento Minero terrenos de reservas mineras nacionales, publicará el acuerdo respectivo en el “Diario Oficial” de la Federación, y en él hará constar la localización, linderos y extensión de los terrenos correspondientes.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.